julio 07, 2011

PARO FORZOSO

El paro forzoso y capacitación laboral en Venezuela es un derecho que tienes el trabajador cesante de recibir por cinco meses una manutención correspondiente al 60%, del monto que resulte del promedio del salario de los últimos 12 meses de trabajo, antes de la cesantía.

Requisitos para obtener el beneficio del paro forzoso y capacitación laboral:
1- Estar en el Sistema de Seguridad Social.
2- Tener un mínimo de 12 meses, dentro de los veinticuatro 24 meses inmediatos anteriores a la cesantía.

Tienen derechos de recibir el paro forzoso los trabajadores por:
1- Despido injustificado o retiro justificado de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo.
2- La terminación del contrato de trabajo a tiempo determinado, o para una obra determinada, para este caso, tendrán derecho quienes hayan cotizado un
mínimo de 12 meses dentro de los 3 años inmediatos anteriores a la
ocurrencia de la contingencia.
3- La muerte, jubilación, invalidez o sustitución del patrono, siempre que cause la finalización del trabajo.
4- Reducción del personal, por quiebra, reconversión industrial y otros procesos.
5- La reducción de funcionarios, o empleados, de conformidad con la Ley de Carrera Administrativa.

Formula para el cálculo del paro forzoso: El cálculo se realizara sobre el salario normal:
- Trabajador 0,5%
- Patrono 2%
Tiene un tope de 10 salarios mínimos mensuales.

Ejemplo:
Sueldo básico o normal: Bs.F. 3.000,00
3000 x 12 / 52= 692,30 x 0,5% = 3,46 x 5 (lunes del mes pueden ser 4 o 5) = Bs.F. 17,30 a descontar al trabajador. Para la empresa se debe utiliza el mismo procedimiento.

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